Aclara nota sobre sueldos de magistrados
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Lic. Armando Castilla Galindo
Director general del Periódico Vanguardia
Presente
Con base en lo dispuesto por los artículos 1,2 fracciones II y III, 3, 4, 10 y 15 y demás aplicables de la Ley Reglamentaria del Artículo 6º, Párrafo Primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Derecho de Réplica, por este medio como representante del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, me permito hacer algunas aclaraciones a la nota difundida el día de hoy en la primera plana de la edición impresa del periódico que dirige, misma que aparece publicada bajo el título “De 2015 a la fecha aumentan hasta 68% sueldos en el Poder Judicial” redactada por Édgar González, así como en su versión electrónica que aparece con el título de “Magistrados del Poder Judicial del Estado de Coahuila ganan más que Peña Nieto” firmada por el mismo periodista.
En dichas notas se afirma que “Los salarios en el Poder Judicial han aumentado hasta 68 por ciento de 2015 a la fecha”, sin embargo, tal dato es FALSO, así como cada una de las cantidades que se mencionan en esa nota para indicar cuál es el sueldo mensual que corresponde tanto a quienes desempeñan el cargo de magistrado en el Tribunal Superior de Justica, como el sueldo de quien preside dicho tribunal.
Por principio confunde Edgar González lo que es el costo mensual bruto que tiene una plaza (puesto o cargo) con lo que es el sueldo que percibirá quien la ocupe, pues existe una diferencia muy grande entre ambos conceptos que debo aclarar:
Primero. De acuerdo con el anexo del Presupuesto de Egresos del Estado, al que se denomina Analítico de Plazas, se determina el costo mensual bruto de la misma el cual se integra, además de las remuneraciones propias del cargo, por las cantidades referentes a repercusiones como el pago de cuotas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el pago de aportaciones del Instituto de Pensiones para los Trabajadores del Estado (IPTE) y el pago de pensiones complementarias.
Segundo. El sueldo es únicamente la cantidad que se paga a quien ejerce las funciones inherentes al cargo que se desempeña, al cual, antes del pago de impuestos, se denomina sueldo bruto y una vez cubiertos éstos, se denomina sueldo neto y, por este concepto, un magistrado del Tribunal Superior de Justicia obtiene (a enero de 2018) $85,631.08 pesos, mientras que quien lo preside recibe $89,576.18 pesos. También debe aclararse que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, como cualquier otro funcionario judicial, pueden llegar a recibir otras cantidades por concepto de aguinaldo y prima vacacional o cualquier otro apoyo que, sin formar parte del sueldo, haya autorizado el Consejo de la Judicatura como lo determina el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Así, en 2018 un magistrado recibirá, incluidos conceptos como sueldo, aguinaldo, primas, vacaciones y apoyos la cantidad mensual de $159,522.90 pesos; mientras quien presida el Tribunal $173,184.16 pesos.
Tercero. No es cierto que se hayan aumentado hasta 68% los sueldos en el Poder Judicial, por el contrario, de 2013 a la fecha, ha habido una disminución gradual en las cantidades líquidas que perciben magistradas y magistrados. Sirva como ejemplo la cantidad que percibió quien presidía el tribunal en ese entonces por $224,879.04 pesos y un magistrado $176,083.74; esto es, una disminución del 23% para quien preside el tribunal y un 9.4% para los magistrados que lo integran.
Ahora bien, ninguna de esas cantidades rebasa el sueldo que corresponde al Presidente de la República.
Respecto a la información relativa al aumento de los recursos autorizados en los Presupuestos de Egresos del Poder Judicial del Estado para los años de 2015, 2016, 2017 y 2018, efectivamente, han aumentado, también gradualmente, año con año, ello en razón, entre otras cosas, de:
La transferencia del Instituto Estatal de la Defensoría Pública del Poder Ejecutivo al Poder Judicial con toda su plantilla de personal.
La creación de plazas para juezas y jueces competentes en el Sistema Penal Acusatorio, así como la creación de defensoras y defensores competentes en ese sistema.
La creación de juzgados de oralidad familiar.
El fortalecimiento del Centro de Evaluación Psicosocial y el Centro de Medios Alternos de Solución de Controversias.
La creación de Centrales de Actuarios.
El fortalecimiento, modernización e implementación del sistema de gestión con expediente Virtual de la Oficialía de Partes.
No omito comentarle que la aclaración que formulo abona al fortalecimiento de la imagen institucional del Poder Judicial del Estado, puesto que quienes en él laboramos asumimos un compromiso con la transparencia.
Por lo aclarado, solicito a usted la publicación de este escrito en el mismo espacio en que aparece la nota impresa que se aclara, así como en el sitio en Internet de la empresa que Usted dirige y en la que se difunde electrónicamente el periódico Vanguardia.
Atentamente
La presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Coahuila.
Magistrada Miriam
Cárdenas Cantú.