SHCP da a conocer beneficios fiscales para afectados en BCS
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La Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación que estos beneficios se aplicarán para que los afectados tengan liquidez a fin de enfrentar compromisos económicos
Ciudad de México.- La Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación los beneficios fiscales que otorgará en lo que resta del año a los contribuyentes que realizan alguna actividad económica en Baja California Sur y que fueron afectados por el huracán Odila.
De acuerdo con los detalles de la información que aparecen en el Diario Oficial de la Federación la finalidad es apoyar a los afectados para que tenas liquidez a fin de hacer frente a sus compromisos económicos.
Para lograr lo anterior, la Secretaría de Hacienda explicó que eximirá a los contribuyentes que tengan sucursal, agencia o algún establecimiento en las zonas afectadas de los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) durante los meses de agosto, septiembre y octubre de 2014. Y de los pagos parciales del tercer trimestre y el segundo cuatrimestre de 2014, según se trate.
Régimen de incorporación fiscal
Los beneficios fiscales también consideran a quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal, en este caso podrán diferir la obligación de presentar las declaraciones bimestrales correspondientes a 2014.
A quienes están en este régimen también se les permitirá el pago en parcialidades del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) correspondiente a los meses de agosto, septiembre y octubre de 2014.
Contribuyentes con actividades agrícolas
Hacienda permitirá que los contribuyentes con actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, únicamente, presenten mensualmente las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondientes al segundo semestre de 2014.
Para quienes se decían a estas actividades económicas del sector primario se autorizó deducir inmediatamente y hasta por el 100 por ciento las inversiones que se realicen en las zonas afectadas en el periodo comprendido del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2014.
A estos contribuyentes se les dará prioridad en la devolución del IVA, en máximo 10 días, siempre que hayan presentado su solicitud a más tardar el 19 de septiembre de 2014.
Estas disposiciones fiscales entran en vigor a partir de este viernes 19 de septiembre.