Ordena el IFAI al INSP información sobre el cáncer cervicouterino
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El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó al Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) buscar y entregar documentación relacionada con diagnóstico y prevención de cáncer cervicouterino.
México, DF. El IFAI precisó que el INSP deberá entregar todos los documentos relacionados con el tema, aun cuando no se trate de estudios específicos que aborden la información, tal y como la solicito el particular.
Mediante una solicitud de acceso, el particular requirió lo siguiente:
1. Información sobre los casos reportados, durante el período comprendido del año 2005 a la fecha (cuando presentó la solicitud: 30 de agosto de 2011).
2. Métodos de diagnóstico que se utilizaron para llevar a cabo estos registros.
3. Edad promedio de mayor incidencia de casos.
4. Tipo de población que tuvo mayor incidencia.
5. Instituciones que llevaron a cabo este estudio.
6. Cerco que se utilizó para realizar el estudio, del período comprendido del año 2005 a la fecha -esto es, al 30 de agosto de 2011, fecha en que presentó su solicitud de información-.
7. Métodos de diagnóstico que se utilizan actualmente para la detección de dicho cáncer.
8. Desglosar los programas preventivos para la detección, manejo y tratamiento del cáncer en comento.
Por conducto de la Dirección Adjunta del Centro de Investigación sobre Enfermedades Infecciosas y el Presidente de la Comisión de Investigación, el INSP manifestó que la información solicitada era inexistente y sugirió requerirla al Centro Nacional de Equidad y Género y Salud Reproductiva (.).
El solicitante se inconformó con la respuesta y presentó recurso de revisión ante el IFAI, el cual fue aceptado y turnado a la ponencia de la comisionada Sigrid Arzt.
En alegatos, el INSP reiteró su respuesta; no obstante, después de analizar la normatividad aplicable, la comisionada Arzt advirtió que el organismo cuenta con el Centro de Investigación en Salud Poblacional, el Centro de Información para decisiones en Salud Pública y la Dirección de Infecciones Crónicas y Cáncer, que, por la naturaleza de sus atribuciones, son competentes para conocer dicha información.
En ese sentido, concluyó que el organismo no hizo una búsqueda exhaustiva de la información en todas sus unidades administrativas.
Aunado a lo anterior y derivado de una búsqueda de información oficial, la comisionada informó que se localizaron diversos documentos que guardan relación con el tema de lo solicitado.
Advirtió que aunque no son estudios específicos que abordan la información, tal y como la solicitó el hoy recurrente, podrían ser de su utilidad; por lo tanto, propuso revocar la respuesta del INSP e instruirle a que haga una búsqueda exhaustiva, además de poner a disposición del ciudadano los documentos localizados en la sustanciación del caso.
La propuesta fue avalada por el Pleno del IFAI.