Nueva Ley de Archivos anula posibilidad de manejo discrecional de documentos gubernamentales: IFAI

Nacional
/ 11 diciembre 2011

    La comisionada presidenta del IFAI afirmó que esta norma cuenta con disposiciones específicas para el acceso a documentos presidenciales. Es una legislación que obliga a los tres Poderes de la Unión, señaló

    México.- La nueva Ley Federal de Archivos define a los documentos gubernamentales como bienes públicos, por lo que anula la posibilidad de que los funcionarios hagan un uso discrecional de éstos, afirmó la comisionada presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), Jacqueline Peschard.

    Esta legislación, aprobada el jueves pasado por el Congreso de la Unión, prohíbe expresamente a los servidores públicos sustraer documentos que estén bajo su custodia y resguardo, y los obliga a entregarlos al final de su encargo, precisó.

    Explicó que la normatividad incluye disposiciones específicas para los archivos presidenciales, de tal modo que prevé reglas claras para que  la ciudadanía tenga acceso a documentos con valores históricos e información confidencial.

    Se trata de una legislación, apuntó la comisionada presidenta del IFAI,  que establece como sujetos obligados a los tres Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos, los tribunales federales administrativos y cualquier otro órgano federal.

    "Establece la estructura organizacional y los instrumentos mínimos necesarios para garantizar la conservación y organización de los archivos gubernamentales, tanto físicos como electrónicos, de modo tal que no se comprometa el valor probatorio de los documentos y se conserve la memoria histórica de las instituciones", indicó Jacqueline Peschard.

    Señaló que la nueva Ley General de Archivos facilitará el uso de la información, contribuirá a una efectiva rendición de cuentas y fortalecerá el ejercicio del derecho de acceso a la información.

    Dicha Ley también otorga facultades al IFAI para expedir lineamientos en materia de organización y conservación de documentos electrónicos y da el carácter de organismo descentralizado y no sectorizado al Archivo General de la Nación.

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