Delitos exhiben apatía legislativa
Casos de ‘secuestro de infantes’ y ‘amenaza de bomba’ dejan en evidencia que no se cumple el compromiso del Gobernador de tener leyes de vanguardia
Por: Édgar González02-Octubre-2008

Bromista. Otro que no recibe un castigo adecuado. Foto: Vanguardia
Aunque uno de los primeros compromisos del gobernador Humberto Moreira con los coahuilenses fue velar por la seguridad pública y que se tuviera leyes de avanzada, en los últimos tres meses la realidad ha puesto en su lugar al marco legal del estado, al dejarlo en evidencia contra dos de los delitos que más preocupan a la sociedad en estos días: los secuestros y el terrorismo.
En poco más de tres meses, el Código Penal de Coahuila se ha visto rebasado con delitos graves que no están contemplados, exhibiendo la lentitud de los legisladores locales... a tres meses de que concluya la actual Legislatura.
La detención del bromista Luis Alberto Rodríguez García, quien hizo llamadas al 066 para alertar sobre bombas –su última “hazaña” la sufrió el PRI Estatal-, puso de manifiesto que no había un delito qué encuadrar en el Código Penal para castigarlo severamente.
En julio pasado, María Luisa Lara Ortiz robó de los brazos de su madre a un menor recién nacido en la Clínica Ixtlera del IMSS, en Ramos Arizpe; para la autora de este delito también la pena fue mínima, a falta de un tipo penal que encuadrara para que la mujer también recibiera un castigo más duro.
Estos dos casos han evidenciado la falta de trabajo legislativo, porque hasta la fecha ningún diputado ha presentado alguna iniciativa para reformar el Código Penal y que delitos como éstos, que realmente dañan a la sociedad, sean castigos en forma ejemplar.
En el caso de las falsas alarmas de bomba, ninguna autoridad se había percatado que no hay ningún tipo penal que encuadre con las acciones de los bromistas, y esto cobra mayor relevancia pues la sociedad mexicana está sumida en el pánico que genera el narcoterrorismo tras los bombazos del 15 de septiembre en Morelia, Michoacán.
Aunque en algún momento se pensó en aplicar el Artículo 188 del Código Penal, que contempla las sanciones y figura típica de “terrorismo”, que tiene un castigo de 3 a 25 años de presión y multa, pero el delito sólo encuadra cuando se use extrema violencia, pero no contempla las falsas alarmas.
El director jurídico del PRI, Ramón Verduzco, hizo un llamado al Congreso local para que tipifique en el Código las falsas alarmas que causan la movilización de los cuerpos seguridad y el miedo entre la población.
En el caso del robo del menor en Ramos Arizpe, aunque el delito a consideración de la sociedad fue grave, no se pudo encuadrar en el secuestro, pero además quedó en evidencia que no existe en la entidad el delito de “robo de infantes” y finalmente sólo se castigó como privación de la libertad.
María Luisa Lara Ortiz pagó 12 mil pesos recientemente y salió bajo fianza, mientras que el delito de robo de infantes sigue sin aparecer en el Código Penal..
“Entiendo que cómo se encuadró el tipo penal fue por ‘amenazas’… y entiendo que es un delito de penalidad alternativa, incluso de falta penal, y creo que eso le permitió (al bromista) quedar en libertad”, dijo Ramón Verduzco.

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