Coahuila, a la vanguardia en protección a menores
Con la reformas a los Códigos Civil y de Procedimientos Civiles efectuadas en Coahuila y que tienen vigencia desde diciembre de 2007, Coahuila se encuentra a la vanguardia nacional en relación con la atención que se presta a los menores que por distintas razones tienen que ser atendidos por la Procuraduría del Menor y la Familia.
Por: Juan Demetrio Cisneros20-Julio-2008 (05:00 a.m.)
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Lo anterior permitirá que casos de menores que por alguna circunstancia tienen que ser internados en un albergue, su situación legal deberá ser resuelta en un máximo de tres meses, evitándose con ello que se registren casos de pequeños que tienen hasta 12 años en espera de una resolución judicial.
María Teresa Araiza Llaguno, titular de la Procuraduría, indicó que las reformas mencionadas han propiciado que otras entidades del país muestren interés por adoptar algunas de ellas, con objeto de hacer más ágil y expedito el establecimiento del estatus legal de los menores afectados.
De las reformas más importantes que se hicieron a los Códigos Civil y Procesal Civil, que han permitido un ahorro considerable de tiempo, están contenidas en lo referente a los procesos de pérdida de la patria potestad de los padres biológicos de los pequeños, que una vez conseguida, el menor puede ser instalado con una familia adoptiva o un hogar sustituto.
Una de las causales para perder la patria potestad de un pequeño son las adicciones y enfermedades psiquiátricas, que con las reformas ahora se tendrá un ahorro de cinco años para terminar el procedimiento.
En los códigos mencionados se retiró la revisión de oficio de los casos, lo que permite un ahorro de tiempo de seis meses; la demanda en contra de padres y abuelos, que antes requería tres juicios, se redujo a uno y con un ahorro de tres años.
Otra reforma relacionada con la competencia en adopciones anteriormente establecía que el competente era el domicilio de los promoventes y ahora el competente es el juez del domicilio del menor, que permite ahorrarse nueve meses en tiempo.
Finalmente, el nuevo trámite de conversión de la adopción semiplena a la plena permitirá que se tenga un ahorro de seis meses en la realización del procedimiento legal.
María Teresa Araiza Llaguno, titular de la Procuraduría, indicó que las reformas mencionadas han propiciado que otras entidades del país muestren interés por adoptar algunas de ellas, con objeto de hacer más ágil y expedito el establecimiento del estatus legal de los menores afectados.
De las reformas más importantes que se hicieron a los Códigos Civil y Procesal Civil, que han permitido un ahorro considerable de tiempo, están contenidas en lo referente a los procesos de pérdida de la patria potestad de los padres biológicos de los pequeños, que una vez conseguida, el menor puede ser instalado con una familia adoptiva o un hogar sustituto.
Una de las causales para perder la patria potestad de un pequeño son las adicciones y enfermedades psiquiátricas, que con las reformas ahora se tendrá un ahorro de cinco años para terminar el procedimiento.
En los códigos mencionados se retiró la revisión de oficio de los casos, lo que permite un ahorro de tiempo de seis meses; la demanda en contra de padres y abuelos, que antes requería tres juicios, se redujo a uno y con un ahorro de tres años.
Otra reforma relacionada con la competencia en adopciones anteriormente establecía que el competente era el domicilio de los promoventes y ahora el competente es el juez del domicilio del menor, que permite ahorrarse nueve meses en tiempo.
Finalmente, el nuevo trámite de conversión de la adopción semiplena a la plena permitirá que se tenga un ahorro de seis meses en la realización del procedimiento legal.
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