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SHCP exige registro diario de ingresos en repecos

Los pequeños contribuyentes en México deberán llevar un registro diario de sus ingresos a partir de este año, informó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Además, tendrán que contar con comprobantes fiscales por las compras de bienes nuevos en activo fijo que usen en su negocio, cuando el precio sea superior a los 2 mil pesos.

Por: El Universal
07-Enero-2008 (11:03 a.m.)
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A partir del primer pago que se tendrá que realizar antes del 17 de febrero de 2008, este segmento dejará de realizar la estimación de una cuota fija que hicieron hasta 2007.

Según el artículo 17 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), los pequeños contribuyentes que opten por pagar ISR mediante estimativa de autoridades fiscales deberán pagar el IETU. “Las autoridades fiscales calcularán el impuesto de estos contribuyentes, para lo cual obtendrán el monto de los ingresos y las deducciones estimadas del ejercicio correspondiente a las actividades por las que el contribuyente está obligado al pago del IETU”, plantea la ley.

A partir de 2008, en México empezó a aplicarse el IETU con una tasa fija de 16.5% que deberán pagar las personas físicas que presten servicios profesionales, renten bienes inmuebles, realicen actividades comerciales, industriales, agropecuarias, ganaderas y silvícolas. Además de las empresas que sean sujetas del ISR como las sociedades mercantiles, sociedades civiles, sociedades cooperativas de producción y asociaciones en participación.

De acuerdo con Hacienda, para estimar los ingresos y deducciones de los repecos se tendrá que considerar el inventario de las mercancías, maquinaria y equipo, renta de establecimiento, uso o goce de bienes utilizados en su actividad, pago de servicios como energía eléctrica y teléfonos e información proporcionada por terceros relacionados.

Las entidades federativas que tengan convenio con Hacienda para recaudar el ISR de pequeños contribuyentes recaudarán en una sola cuota el IVA, ISR y IETU, y las contribuciones y derechos locales que se determinen, planteó Hacienda. “Recibirán como incentivo 100% de la recaudación que obtengan por ese concepto”, expone la Ley del IETU.

Cuando los contribuyentes tengan establecimientos, sucursales o agencias en dos o más entidades federativas, se establecerá una cuota en cada una de ellas, considerando el IETU correspondiente a las actividades realizadas en la entidad.

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