Notarios y transparencia
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Hay, en la Ley de Transparencia coahuilense, dos partes relacionadas con el notariado: la fracción IV del artículo 25 y el artículo 46. En la primera, hay obligaciones que la Secretaría de Gobierno debe cumplir; en la segunda, bajo la figura de sujeto obligado indirecto, una lista de asuntos que el notario debiera acatar.
Hace algunas semanas, en algunos medios se calificó como opacos y hasta enemigos de la transparencia a un grupo pequeño de notarios que tramitaron un amparo contra la Ley de Transparencia.
Esto se vendría a sumar a otras circunstancias y hechos que pondrían al gremio todo en la mira de la opinión pública: la anunciada corrupción que estaría retrasando la implementación en la modernización del Registro Público, la estrepitosa salida del Director de Notarías, la investigación de cinco decenas de fedatarios que estarían en proceso por irregularidades, los narconotarios.
En lo que hace al amparo promovido, al día de hoy, sabemos les fue concedido. Esto quiere decir que alguien externo a lo que se vive en Coahuila consideró que en lo planteado por los notarios había razón. Por esto es que no puede descalificarse de manera simplona y atacar a quienes buscaron hacer valer su derecho.
En principio, el amparo no fue contra la Ley ni contra la transparencia. Fue particularmente contra la aplicación de la figura sujeto obligado indirecto. Su existencia en la Ley de Coahuila, dicen los notarios y el juez federal les dio la razón, contradice lo establecido hasta en la constitución nacional. Los de acá, por novedosos y querer aparecer en la foto, se lo inventaron.
¿Merma este amparo la transparencia coahuilense? Para nada. Busque, en algún tiempo libre, cómo los notarios no-amparados están cumpliendo con la Ley: datos irrelevantes, sin sentido y poco útiles para la comunidad. Es tanto como si, en el fondo, hubiera un pacto de ustedes hacen como que cumplen, nosotros hacemos como que revisamos. Los datos aportados por los notarios están así porque cumplir con toda la mano tendría consecuencias que escapan de sus propias manos. La simulación institucionalizada.
Visto así, quienes obtuvieron el amparo decidieron correr el nada atractivo camino de oponerse a las ocurrencias del régimen solo porque no pudieron entrarle al juego de hacer como que cumplen. Al tiempo, todos en el lugar que les corresponde.
Por supuesto que debe haber transparencia en la función notarial, en lo que hay dentro y detrás de esta responsabilidad.
Recuérdese que es en dos partes de la Ley donde se menciona a los notarios: mientras los más o menos interesados se forjan una opinión contra un puñado de notarios que se ampararon, nadie recuerda las obligaciones de la Secretaría de Gobierno. ¿Qué hay ahí? Más o menos lo mismo: datos irrelevantes, sin sentido y poco útiles para la comunidad. Con algo de estudio podrá saberse al hijo de cuál Delegado le perdonarán no tener ni la edad ni la experiencia ni los conocimientos para ser notario. Pero fuera de ahí, muy poco.
Lo otro, desde la modernización del Registro hasta los narconotarios, son asunto de otra colaboración. Allá lo revuelven para crear malos y olvidemos quien es el verdaderamente opaco.
¿Transparencia en el notariado? Por supuesto. Las obligaciones a cargo de la Secretaría de Gobierno son insuficientes y su cumplimiento es deficiente. Por ahí debiera comenzarse.
las obligaciones a cargo de la Secretaría de Gobierno son insuficientes