Agrega Coahuila dos tipos de violencia hacia la mujer; obtétrica y publicitaria
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En el artículo 8 de la ley, donde se enumeran los tipos de violencia contra la mujer en Coahuila, se hicieron dos adiciones.
Como una medida de protección para las mujeres de Coahuila, en las leyes se incorporarán las órdenes de protección preventiva, mismas que durarán hasta que la víctima deje de estar expuesta al riesgo. Asimismo, se agregaron al catálogo dos tipos de violencia: obstétrica y mediática o publicitaria.
En primera instancia, los legisladores aprobaron una reforma al artículo 19 de la Ley de Acceso a las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia para incorporar la figura de las órdenes de protección preventiva.
“Las órdenes de protección de emergencia y preventivas deberán ser otorgadas por la autoridad competente y ser implementadas por el agente del Ministerio Público, en un término no mayor de ocho horas siguientes al conocimiento del hecho que las generen en todos los casos relacionados con violencia familiar, violencia de género y delitos contra la libertad, la seguridad sexual y contra la familia”, señala el artículo citado.
Asimismo, en el artículo 8 de la ley, donde se enumeran los tipos de violencia contra la mujer en Coahuila, se hicieron dos adiciones. En primer lugar se agregó la violencia mediática o publicitaria que consiste en la difusión o publicación de imágenes que promueven la explotación de la mujer en imágenes sexistas.
De la misma forma, se incluyó la violencia obstétrica, entendida como aquella que es ejercida por el profesional de la salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres. Se expresa mayormente en el trato deshumanizado hacia la mujer embarazada.